Vigencia del RUT es indefinida: DIAN

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le recuerda a la ciudadanía
que la vigencia del Registro Único Tributario (RUT) es indefinida y, en consecuencia,
su renovación no puede ser exigida por ninguna empresa, persona u organización.
Los inscritos en el RUT solamente deben actualizarlo si han tenido cambios en los
datos de identificación, ubicación o clasificación que registraron previamente.

Por lo anterior, si a las personas les piden el RUT con fecha de actualización reciente
en la casilla 61, podrán entregar una copia del RUT e informar que se puede verificar
la fecha de generación del documento, que aparece en la parte derecha del pie de
página del formulario.

Los trámites de inscripción y actualización del RUT no tienen ningún costo y se
pueden hacer de forma virtual en la página web de la DIAN, excepto la
actualización de los datos de identificación y el retiro de responsabilidades, que se
hacen en puntos de atención.

OTROS TRÁMITES
Además de la inscripción y actualización del RUT, la ciudadanía puede hacer los
siguientes trámites a través de los servicios digitales de la DIAN:

  • Obtención de copia del RUT
  • Solicitud de cancelación del RUT
  • Solicitud del RUT para consorcios y uniones temporales
  • Solicitud de retiro de algunas responsabilidades
    La inscripción en el RUT podrá ser suspendida si la información presenta errores,
    está incompleta, es inconsistente o no corresponde a la realidad. Por eso es clave
    que los contribuyentes revisen sus datos y los actualicen -de ser necesario- para
    evitar sanciones.
  • Tener los datos correctos, completos y actualizados en el RUT le permite a la DIAN
    contar con información veraz y confiable para facilitar el cumplimiento de las
    obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.