miércoles 10 de septiembre del 2025
06:39:04 pm

Los delitos ambientales no prescriben: Director de la Carder

El director de la Carder, Julio César Gómez Salazar, asistió a la Mesa Ambiental realizada en Dosquebradas y en entrevista con Notidigitalcolombia se refirió al laudo ambiental expedido el 5 de mayo de 2025, por el municipio de Dosquebradas. “Este laudo es la doctrina planificadora del municipio en materia ambiental”, afirmó Gómez Salazar.

Agregó que no habrá flexibilidad con las infracciones al medio ambiente y que se ejercerá riguroso control y vigilancia sobre las licencias ambientales, advirtiendo que no se tolerarán irregularidades en los procesos de desarrollo urbano que afecten el medio ambiente.

El pronunciamiento en Dosquebradas fue realizado por Gómez Salazar, al indicar el acompañamiento de la Procuraduría General de la Nación, los personeros municipales y otras entidades de control, para garantizar que los permisos ambientales se otorguen conforme a la normativa vigente. “Quien solicite una licencia debe ceñirse completamente a las reglas. Estas no son opcionales ni negociables”, afirmó.

El funcionario señaló que se está evaluando la posibilidad de incorporar criterios de determinantes ambientales a los procesos administrativos, lo que implicaría una mayor rigurosidad en el cumplimiento de las normas por parte de curadores y desarrolladores urbanos.

“Cualquiera que esté impulsando un proyecto ambiental que no cumpla con la ley estará enfrentando tres tipos de faltas: violaciones a normas ambientales, disciplinarias y eventualmente penales”, explicó.

Advirtió además que los curadores urbanos, al ser considerados funcionarios públicos por tener funciones delegadas por los municipios, también están sujetos a sanciones disciplinarias. “No pueden actuar por fuera de la ley. En Colombia, ignorar o desobedecer las decisiones ambientales constituye un delito penal”, dijo.

Finalmente, recordó que los delitos ambientales tienen una particularidad en el Código Penal: no prescriben. “Mientras otros delitos pueden prescribir con el tiempo, los delitos ambientales no. Esto significa que un responsable puede ser procesado incluso muchos años después del hecho”, concluyó.